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Resolucion 20243030016075

15, abril 2025

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Resolucion 20243030016075



“Por la cual aprueba el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de laSOCIEDAD PORTUARIA PUERTO BAHÍA COLOMBIA DE URABÁ S.A., en virtud delContrato de Concesión Portuaria No. 003 del 20 de marzo de 2019”LA VICEPRESIDENTA DE GESTIÓN CONTRACTUAL DE LA AGENCIA NACIONAL DEINFRAESTRUCTURAEn cumplimiento de la Ley 1ª de 1991 y sus decretos reglamentarios y de la Resolución No. 850del 06 de abril de 2017 del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus competencias yfacultades legales, en especial las contenidas en el numeral 9º del artículo 15 del Decreto 4165de 2011, modificado por el artículo 10° del Decreto 746 de 2022, Resolución No. 1069 del 15 dejulio de 2019 y por delegación del Presidente de la Agencia mediante el artículo 3º de laResolución No. 20221000007275 del 3 de junio de 2022, y


CONSIDERANDO:1. Que el artículo 1° de la Ley 1ª de 1991 “Estatuto de Puertos Marítimos” establece que lacreación, el mantenimiento y el funcionamiento continuo y eficiente de los puertos son deinterés público.2. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley 1ª de 1991, correspondea la Superintendencia General de Puertos “(…) definir las condiciones técnicas deoperación de los puertos, en materias tales como nomenclatura; procedimientos para lainspección de instalaciones portuarias y de naves en cuanto a bodegas, carga y estiba;manejo de carga; facturación; recibo, almacenamiento y entrega de la carga; servicios alas naves; prelaciones y reglas sobre turnos, atraque y desatraque de naves; períodos depermanencia; tiempo de uso de servicios; documentación; seguridad industrial, y lasdemás que han estado sujetas a la empresa de Puertos de Colombia, en cuanto no seoponga a lo dispuesto en la presente Ley.”3. Que a su turno, el artículo 27 de la misma Ley 1ª de 1991 al establecer las funciones de laSuperintendencia General de Puertos, en su numeral 27.3 dispone “Expedir por medio deresolución, las condiciones técnicas de operación de los puertos colombianos.”.4. Que, en virtud de lo anterior, la Superintendencia General de Puertos mediante ResoluciónNo. 071 del 11 de febrero de 1997, determinó el Reglamento Técnico de Operaciones delos Puertos.5. Que el Decreto 2741 de 2001, en su artículo 5, modificó el parágrafo 2° del artículo 44 delDecreto 101 de 2000, trasladando al Ministerio de Transporte las funciones de laSuperintendencia General de Puertos en materia de concesiones y demás actividadesportuarias, con excepción de aquellas de inspección, vigilancia y control.6. Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1800 del 26 de junio de 2003 creó elInstituto Nacional de Concesiones - INCO, con el objeto de “planear, estructurar, contratar,ejecutar y administrar los negocios de infraestructura de transporte que se desarrollen conparticipación del capital privado y en especial las concesiones, en los modos carretero,fluvial, marítimo, férreo y portuario.”.